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La Junta de Castilla y León aprueba el mapa estratégico del ruido de la ciudad de Ávila

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La Consejería de Fomento y Medio Ambiente da luz verde a la propuesta que el Ayuntamiento de Ávila sometió a información pública el pasado 10 de mayo y aprobó finalmente en el pleno del día 29 de junio, después del visto bueno del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático. El mapa de ruido de Ávila tendrá que revisarse cada cinco años desde su aprobación.

2 de agosto de 2012

Castilla y León | Delegación Territorial de Ávila

La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha aprobado el mapa estratégico del ruido de la ciudad de Ávila remitido por el Ayuntamiento el pasado 29 de junio de 2012, cuando se llevó cabo su pertinente aprobación por parte Pleno Corporativo, después de haber sido sometido a trámitee información pública desde que se acordó el 10 de mayo en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local.

Revisada la documentación remitida por el Ayuntamiento, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático ha informado a través del Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) que el expediente del mapa estratégico de ruido de Ávila se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley del Ruido de Castilla y León, finalmente aprobado y estará sujeto a revisión cada cinco años desde su aprobación.
Los mapas estratégicos de ruido son un elemento previsto por la Directiva sobre Ruido Ambiental encaminado a disponer de información uniforme sobre los niveles de contaminación acústica en los distintos puntos del territorio, aplicando criterios homogéneos de medición que permitan hacer comparables entre sí las magnitudes de ruido verificadas en cada lugar. Tienen por finalidad la evaluación global de la exposición actual a la contaminación acústica de una determinada zona, de manera que se puedan hacer predicciones y adoptar planes de acción.

Todos los municipios con una población superior a 20.000 habitantes deben elaborar este mapa estratégico del ruido, cuya elaboración es competencia de los municipios y provincias, quienes después remiten a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su aprobación y posterior supervisión de su aplicación, como único organismo competente para llevarlo a cabo.