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La Junta acuerda la disolución de los órganos de Gobierno de la Cámara Agraria Provincial de Segovia

La Junta de Castilla y León ha acordado hoy la disolución de los órganos de Gobierno de la Cámara Agraria Provincial de Segovia, ante la dimisión de todos los miembros del Pleno pertenecientes a la Organización Profesional Agraria Unión de Campesinos de Castilla y León UCCL de Segovia.

Consejo de Gobierno del 31 de octubre de 2013

Castilla y León | Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

El Gobierno autonómico convocó el 4 de octubre del pasado año elecciones a Cámaras Agrarias Provinciales de Castilla y León, unos comicios celebrados el 2 de diciembre del 2012. De los resultados de dichas elecciones el número de miembros de cada una de las candidaturas presentadas al Pleno de la Cámara Agraria Provincial de Segovia fue: UCCL, 14 miembros; ASAJA, 8 miembros; y Alianza por la Unidad del Campo, 3 miembros.

En un Pleno de la Cámara Agraria Provincial de Segovia celebrado el pasado 11 de junio dimitieron todos los miembros pertenecientes a la Organización UCCL Segovia, y todos los candidatos de dicha organización que no resultaron elegidos también renunciaron a ser nombrados vocales en sustitución de los dimisionarios.

Ante esta situación, y en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León, el Gobierno autonómico, en su reunión de hoy, ha acordado la disolución de los Órganos de Gobierno de la Cámara Agraria Provincial de Segovia.

Tras la disolución acordada hoy, la Consejería de Agricultura y Ganadería designará una Comisión Gestora de entre los restantes miembros del Pleno que se encargará de la gestión de los intereses de la Cámara Agraria Provincial de Segovia hasta que expire el mandato de la Corporación disuelta. Los miembros de la Comisión Gestora elegirán de entre ellos a su presidente.

Las funciones de esta Comisión serán las que la presente ley atribuye al Pleno y a la Comisión Delegada de las Cámaras Agrarias Provinciales, asumiendo el Presidente de la Comisión Gestora las competencias y facultades del Presidente de la Cámara Agraria Provincial.