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Aprobadas las normas urbanísticas municipales de Fuentelsaz de Soria

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Informados favorablemente los proyectos para una plantación forestal y dos sondeos para captación de aguas subterráneas.

29 de mayo de 2025

Castilla y León | Delegación Territorial de Soria

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, reunida en la mañana de hoy, ha aprobado definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales de Fuentelsaz de Soria, con una superficie de 26,34 kilómetros cuadrados y que engloba los siguientes núcleos de población: Fuentelsaz de Soria (Ayuntamiento), Pedraza, Portelrubio y Aylloncillo.

Las normas urbanísticas municipales tienen como objetivos principales establecer la ordenación general del municipio y la ordenación detallada del suelo urbano, asegurando un uso del suelo de acuerdo con el interés general con un desarrollo territorial y urbano sostenible, planificando el crecimiento del núcleo urbano de Fuentelsaz, ordenando y controlando las edificaciones dispersas y conservando el patrimonio arquitectónico y natural.

Estas Normas proponen con carácter general un suelo urbano que consolida vacíos y zonas de borde urbano y regula las zonas con parcelas sin edificar, con la generosa previsión de ocho actuaciones aisladas de normalización en el suelo urbano consolidado, en las que son necesarias obras para completar los servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, alumbrado público o pavimentación, correspondiendo siete al núcleo de Fuentelsaz, con capacidad para 24 viviendas, y una en Portelrubio, con capacidad para cinco viviendas.

Asimismo, en el núcleo de Fuentelsaz, las Normas proponen un único sector de suelo urbano no consolidado, con una superficie de 9.490,20 metros cuadrados al noroeste de la población, con una capacidad para 18 viviendas, con una reserva de siete viviendas para la integración social.

Para el suelo urbano consolidado se establecen tres ordenanzas de edificación residenciales, contemplando también las relativas a equipamiento, espacios libres públicos y viario público. Y derivado de las conclusiones del propio análisis y diagnóstico establecido en las Normas, no se establece ningún sector o área de suelo urbanizable.

Por otro lado, se incluyen en la categoría de suelo rústico los terrenos que no se clasifican como suelo urbano ni como suelo urbanizable. Las Normas aprobadas, en consonancia con lo establecido en el art. 30 del RUCyL, clasifican como suelo rústico aquellos terrenos que deben ser protegidos del proceso de urbanización por alguna de las circunstancias reseñadas en el texto. Las Normas establecen una serie de categorías de suelo rústico, reflejadas en los planos de ordenación del término municipal, y para cada una de ellas se regulan en normativa los usos permitidos, autorizables y prohibidos.

El catálogo arquitectónico contiene numerosas fichas con la protección integral de iglesias, edificios o parcelas, la protección de fuentes, dinteles, frisos, estelas, cerros, cañadas, yacimientos arqueológicos, carreteras y canales de riego, y el Catálogo arqueológico se sustancia de acuerdo con los estudios arqueológicos efectuados.

Plantación forestal y sondeos para captación de aguas

Entre otras cuestiones, la Comisión ha acordado los siguientes proyectos de plantación forestal y de sondeos para captación de aguas subterráneas no precisan una tramitación de evaluación de impacto ambiental ordinaria por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente, de acuerdo con los criterios establecidos en la legislación de impacto ambiental.

El proyecto ‘Plantación forestal de fincas rústicas’ está promovido por Gestión Forestal y del Medio agrícola S.L., en los términos municipales de Arévalo de la Sierra y Almarza y consiste en la repoblación forestal de cuatro parcelas, que suman una superficie total de 4,2387 hectáreas. El objetivo principal del proyecto es la producción de madera y la fijación de carbono con especies principalmente alóctonas (abeto Douglas y el cedro del Atlas). Los informes de las distintas administraciones coinciden en que no es necesario una evaluación de impacto ambiental ordinaria e incluyen una serie de condiciones que se han recogido en el texto de informe ambiental aprobado por la Comisión.

Los sondeos informados para la captación de aguas subterráneas se ubican en los términos municipales de El Burgo de Osma, para riego de un huerto doméstico, y Almarza, para abastecimiento de la localidad de Gallinero.