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"Las zonas de baño "Río Arlanzón Burgos" y Embalse Ebro Arija" aptas para el baño"

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La Junta de Castilla y León, a través del servicio territorial de Sanidad en Burgos, ha calificado como zonas APTAS para el baño las de "Río Arlanzón" y "Embalse Ebro Arija", una vez realizados los correspondientes controles analíticos de las muestras de agua recogidas el pasado mes de junio."

12 de julio de 2010

Castilla y León | Delegación Territorial de Burgos

Desde el año 2007, esel Real Decreto 1341/2007 sobre la calidad de las aguas de baño el que marca la propia definición de aguas de baño,definidas comocualquier elemento de aguas superficiales donde se prevea que pueden bañarse un número importante de personas o exista una actividad cercana relacionada directamente con el baño y en el que no exista una prohibición o recomendación permanente de abstenerse del mismo.
Es competencia de la Consejería de Sanidad:
- Censar las Zonas de aguas de baño (antes del 20 de marzo de cada año)
- Controlar la calidad de las aguas de baño
- Actuar en situaciones de incidencia tanto de la calidad del agua como de la playa
- Prohibir el baño o recomendar no bañarse
- Evaluar anualmente la calidad de las aguas de baño (a partir del cuarto año)
- Clasificar anualmente las aguas de baño (insuficiente, suficiente, buena o excelente) (también a partir del cuarto año)
- Informar al público mediante la aplicación informática Náyade"
- Intercambiar información "Náyade"
Es competencia de los Ayuntamientos:
- Mantener la playa en las debidas condiciones de limpieza e higiene y salubridad controlando los posibles puntos de vertido cercanos a la misma
- Proporcionar mediante carteles la oportuna información al público
- Prohibir el baño o recomendar la abstención del mismo, por iniciativa propia o a instancias del Servicio Territorial de Sanidad
- Comunicar al Servicio Territorial de Sanidad aquellas situaciones de incidencia que puedan producirse
La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León aplicando esta normativa ha dado de alta para el año 2010 dos zonas de baño controladas en la provincia de Burgos denominadas: Río Arlanzón Burgos (antes Fuente del Prior) y el Embalse del Ebro en Arija.
En lo que a la toma de muestra se refiere, se determinan únicamente dos parámetros microbiológicos: Enterococo intestinal y Escherichia coli. Cuando los valores de estos parámetros son menores de 200/100 mililitros deEnterococos y/omenores de 500/100 mililitros deEscherichia coli y la playa esta en buenas condiciones higiénico-sanitarias la Zona de Baño se califica como Apta para el baño.
Mientras que, cuando los valores de estos parámetrosestán entre200-800/100 mililitros deEnterococos y/o, entre500-2000 /100 millitros de Escherichia coli y la playa esta en buenas condiciones higiénico-sanitarias la Zona de Baño se califica como Apta para el baño con posible contaminación microbiológica.
Cuando los valores de estos parámetros son mayores de800/100 millillitros de Enterococos y/o, mayor de2000/100ml Escherichia coli, la Zona de Baño se califica como No Apta para el baño.