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La Junta regula la pesca del cangrejo señal en diez tramos hábiles de la provincia de Palencia

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La Consejería de Fomento y Medio Ambiente determina las condiciones de la pesca del cangrejo señal para la temporada de 2012, que se desarrolla del 24 de junio al 30 de septiembre. El horario se limita solamente al día, desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, y el número máximo de reteles no podrá superar los diez por cada pescadora, colocados en una longitud que no exceda de cien metros y a una distancia superior a diez metros del pescador inmediato.

22 de junio de 2012

Castilla y León | Delegación Territorial de Palencia

En Castilla y León existen poblaciones de cangrejo señal que permiten un aprovechamiento racional. Además, mediante su pesca, se podrá combatir la expansión del cangrejo rojo, especie ecológicamente muy agresiva e introducida fraudulentamente en Castilla y León en las zonas ecológicamente más aptas para el cangrejo señal. Para ello, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León indica su período hábil de pesca y las masas de agua en que se autoriza la misma.
En la provincia de Palencia, la Junta ha establecido para la temporada 2012 diez tramos hábiles para la pesca del cangrejo señal. En los tramos de libre acceso la pesca estará autorizada solamente de día, entendiéndose como tal el período comprendido desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, y desde el 24 de junio hasta el 30 de septiembre.
Se autoriza como único medio de captura de cangrejos el arte de pesca denominado retel. En Palencia, el número de máximo de reteles por pescador es de diez, conforme a la Ley de Protección de de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León. Podrá utilizarse un número de reteles máximo no superior a diez por cada pescador, colocados en una longitud que no exceda de cien metros y a una distancia superior a diez metros del pescador inmediato.
De igual forma, la Junta establece la autorización para la pesca del cangrejo señal en determinadas masas de agua, con excepción de cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, tramos libres sin muerte, masas de agua en régimen especial adscritas para uso exclusivo de las aulas del río o zonas húmedas catalogadas que pudiesen encontrarse dentro de los límites descritos. En Palencia son diez los tramos hábiles para la pesca de este animal:
Cuenca del Duero:
-Canal de Castilla: Desde el puente sobre la carretera P-610 en Alar del Rey hasta el límite con la provincia de Burgos en Naveros de Pisuerga.
-Canal del Pisuerga: Desde la presa del Rey en Herrera de Pisuerga hasta el límite con la provincia de Burgos en Naveros de Pisuerga.
-Río Pisuerga: Desde la presa sobre el río en Nogales de Pisuerga hasta el límite con la provincia de Burgos.
-Río Valdavia: Desde el puente de la carretera P-225 en Buenavista de Valdavia hasta el límite con la provincia de Burgos.
-Río Boedo: Desde el puente sobre la carretera P-231 en Calahorra de Boedo hasta su desembocadura en el río Valdavia.
-Río Burejo: Desde el casco urbano de Pisón de Ojeda hasta su desembocadura en el río Pisuerga.
-Río Carrión: Desde el puente sobre el río en Fresno del Río hasta su desembocadura en el río Pisuerga.
- Río Sequillo: En todo su curso en la provincia.
-Todos las masas de agua de la provincia situadas al sur de la carretera N-120.
Cuenca del Ebro:
-Río Ebro: Desde la Presa del Molino en Báscones de Ebro hasta el límite de los términos de Báscones de Ebro y Cuíllas del Valle y la comunidad autónoma de Cantabria.