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Medio Ambiente suspende una montería por utilizar productos atrayentes

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El Servicio Territorial de Medio Ambiente, de la delegación territorial de la Junta de Castilla y León, ha suspendido una montería autorizada en la provincia de Burgos por utilizar productos atrayentes en terrenos cinegéticos que se localizaron en numerosos puntos en los que se combinaba el aporte de alimentación suplementaria con la impregnación en cortezas de árboles y suelo con gasoil.

6 de febrero de 2012

Castilla y León | Delegación Territorial de Burgos

Medio Ambiente señala que la decisión desuspender la montería está tomada en base a la prohibición expresa que hace la Ley sobre estas sustancias y atendiendo a razones de perjuicios ocasionados a los aprovechamientos cinegéticos de los cotos de caza colindantes. Advierte a todos los titulares, que se abstengan de utilizar estas prácticas de atracción artificial y forzada de animales que además de ilegal, lo único que hace, es obligar al movimiento forzado de las poblaciones de jabalíes de un lugar para otro por lo que pueden incrementarse los riesgos por accidentes de carretera en las vías que atraviesan estos terrenos de caza, además de alentar la falta de solidaridad cinegética entre cotos colindantes.
La utilización tradicional de hidrocarburos como gasoil y aceite quemado de automoción, continúa extendida entre muchos titularesde cotoscomo el mejor método para atraer especies de caza mayor, especialmente el jabalí, que tiene verdadera querencia a esta sustancia por sus cualidades antiparásitas y en las que los animales se rebozan literalmente en las zonas del monte (suelo, árboles, etc.) donde se vierte.
Ante la sospecha de uso de sustancias de este tipo en cualquier coto de caza, los Agentes Medioambientales, proceden a recorrer el terreno cinegético en cuestión. Para determinar claramente y sin genero de dudas la existencia de esta sustancia, se toman muestras de suelo y corteza que son enviadas al laboratorio de análisis ambiental de la Junta de Castilla y León (LARECA), donde se encargan la correspondiente analíticapara determinar la existencia de hidrocarburos y las cantidades existentes en el momento de la toma de la muestra.
A pesar de la regulación del ejercicio de la caza que deja perfectamente clara la prohibición de la utilización de productos atrayentes en los terrenos cinegéticos, parece que la picaresca de algunos titulares no tiene límites, y se ha debatido en numerosos foros, revistas especializadas y expertos en campos de la zoología, ecología y el derecho. Hasta el momento no hay acuerdo sobre la consideración de productos atrayentes a los aportes de alimentación suplementaria para las distintas especies y, se considera que en determinadas circunstancias de clima extremo, sequía, etc., los animales sujetos a aprovechamiento cinegético pueden necesitar aportes suplementarios de comida para llevar a cabo sus funciones básicas de metabolismo y supervivencia.