La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Medio Ambiente, regula la pesca del cangrejo señal en diversas provincias de Palencia para el año 2010. En concreto, se establecen once tramos de libre acceso a la pesca del cangrejo señal y tres tramos acotados. En ambos tramos establece que el período hábil de pesca del cangrejo señal será entre el 1 y el 31 de agosto que el cupo de capturas es de 36 que la talla mínima del cangrejo es de 9 centímetros y que el número máximo de reteles por pescador es de 4.
13 de mayo de 2010
Castilla y León |
Delegación Territorial de Palencia
En Castilla y León existen poblaciones de cangrejo señal que permiten un aprovechamiento racional. Además, mediante su pesca, se podrá combatir la expansión del cangrejo rojo, especie ecológicamente muy agresiva e introducida fraudulentamente en Castilla y León en las zonas ecológicamente más aptas para el cangrejo señal. Para ello, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León indica su período hábil de pesca y las masas de agua en que se autorizará la misma.
En la provincia de Palencia, la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente ha establecido para la temporada 2010 once tramos de libre acceso a la pesca del cangrejo señal, así como tres tramos acotados.
En los tramos de libre acceso la pesca estará autorizada solamente de día, entendiéndose como tal el período comprendido desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta. En los cotos de pesca el horario de pesca permitido va desde las 15 horas a las 22 horas. Sin embargo, en Palencia, en ambos casos, el período hábil de pesca será entre el 1 y el 31 de agosto.
Se autoriza como único medio de captura de cangrejos el arte de pesca denominado retel. En Palencia, el número de máximo de reteles por pescador es de cuatro. Los reteles deberán ser calados en un tramo total no superior a 75 metros de distancia y estar identificados con una tarjeta en la que conste el nombre, apellidos y el D.N.I. del pescador. Además, su tamaño máximo autorizado será de 42 centímetros de diámetro. Solamente estará permitido el uso de cebos muertos. El empleo de trozos de pescado se considera, a estos efectos, como cebo muerto.
La talla mínima será superior a nueve centímetros en Palencia (y en el resto de provincias), medidos entre el extremo de la cabeza y el extremo central de la cola. También es importante señalar que se deberán devolver al río inmediatamente y en perfectas condiciones de supervivencia los ejemplares que no alcancen la talla mínima.
ANEXOS 1 Y 2: TRAMOS LIBRES Y COTOS PARA LA PESCA DEL CANGREJO SEÑAL
En los tramos de libre acceso y en los acotados, durante la pesca deberán extraerse de las aguas los ejemplares de cangrejo rojo que se capturen, sin límite en número ni en talla. Una vez cubierto el cupo de capturas de cangrejo señal, no podrá proseguirse la pesca de cangrejo rojo, debiendo retirarse los reteles definitivamente de las aguas. Asimismo, cualquier ejemplar de cangrejo de río autóctono que pudiera capturarse deberá ser devuelto sin daño inmediatamente a las aguas.
Se prohíbe la introducción de ejemplares de cualquier especie de cangrejo en otras aguas, pudiendo esta acción causar gravísimos perjuicios a las poblaciones de cangrejo autóctono que aún sobreviven en algunas aguas de Castilla y León y sin perjuicio de las responsabilidades legales que tal acción pudiera suponer.
NOVEDADES EN LOS TRÁMITES
Además, con el objeto de facilitar la obtención de permisos de pesca, la Consejería de Medio Ambiente ha desarrollado una nueva aplicación informática que permitirá la agilización de los trámites para la obtención de los mismos.
Dentro de las novedades previstas para esta temporada destaca la celebración de un único sorteo que permitirá elegir cotos de pesca de cangrejo señal en todo el territorio de Castilla y León. El sorteo será público y tendrá lugar el 27 de mayo a las 12 horas en el Servicio de Caza y Pesca de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente mediante la elección de un número a partir del cual se adjudicarán los permisos disponibles por orden correlativo.
La presentación de solicitudes podrá realizarse en papel o vía web, empleando para el resto de la tramitación nuevas fórmulas que faciliten al pescador la elección y agilicen el pago de los permisos. Para la presentación de solicitudes, así como para la elección de permisos y, por motivos de seguridad, será necesario tener o haber tenido (en alguno de los últimos cinco años) licencia de pesca en la Comunidad de Castilla y León, de forma que el número de licencia sirva como mecanismo de validación del pescador.