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La Junta de Castilla y León repuebla con trucha arco iris el río Tera

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Las repoblaciones se están llevando a cabo con una frecuencia de una o dos veces por semana en el Coto Intensivo de Mózar de Valverde. El Servicio Territorial de Medio Ambiente también ha repoblado en una zona próxima al embalse de Agavanzal con trucha común y alevines.

3 de mayo de 2013

Castilla y León | Delegación Territorial de Zamora

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Zamora está llevando a cabo actuaciones de repoblación con trucha arco iris en el Coto Intensivo de Mózar de Valverde, en el río Tera. Las repoblaciones se realizan con una frecuencia de una o dos veces por semana entre el 3 de abril y el 15 de octubre y tienen como objetivo la pesca inmediata.

Además, con frecuencia se realizan repoblaciones de trucha común aguas abajo, a continuación de la presa del embalse de Agavanzal. Recientemente se ha repoblado con 6.500 ejemplares de trucha común con dimensiones comprendidas entre 16 y 25 centímetros y 75.000 ejemplares de alevines de 1 a 2 centímetros.

En el coto de Mózar se puede pescar los martes, jueves, sábados, domingos y festivos si se tiene licencia de pesca de Castilla y León y el permiso de pesca que se expide a través del teléfono 012 o a través de la página web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es).

Ley de Pesca

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 18 de abril el Proyecto de Ley de Pesca que actualiza el marco normativo previsto en la ley de 1992 y lo ajusta a las exigencias comunitarias en materia de planificación de los recursos naturales.

Este nuevo Proyecto de Ley establece como principales objetivos la contribución de la pesca al desarrollo rural como actividad de ocio y deportiva en la naturaleza, así como el aprovechamiento sostenible de los recursos de la pesca mediante la planificación ordenada. Considera también esencial la preservación de la diversidad genética de las poblaciones autóctonas de la fauna acuática, contribuyendo al mantenimiento de los ecosistemas. Promueve la pesca y, en especial, la pesca sin muerte. La actuación coordinada entre diferentes administraciones, el fomento de la investigación, la formación y la divulgación de las especies y el fomento de la participación ciudadana son otros de los principios fundamentales del nuevo texto legal. La norma establece las especies pescables y no pescables que se devolverán a sus aguas.

En este Proyecto de Ley se incluye la creación de la figura “especie de interés preferente”, en la que se encuadran las especies autóctonas con valor ecológico o deportivo especial. Se encuentra en esta modalidad la trucha común y se prohíbe así su comercialización.

La norma habilita la creación de permisos de carácter turístico, que se adjudicarán a las empresas turísticas locales. Además, facilita la pesca en otras comunidades autónomas mediante convenios para el reconocimiento recíproco de licencias.

En cuanto a las infracciones, el Proyecto de Ley detalla todas las consideraciones de este tipo. Como ejemplo de infracción leve cabe reseñar no disponer de documento acreditativo de identidad durante la práctica y, en el caso de infracciones menos graves, pescar un día inhábil o emplear elementos auxiliares no autorizados para la extracción de las capturas durante la pesca con caña. En lo que se refiere a infracciones graves, se encuentra, por ejemplo, la pesca sin licencia en vigor, sin permiso o en época de veda. Finalmente, se consideran infracciones muy graves cuando el pescador esté inhabilitado, comerciar con especies no declaradas comercializables, el uso de medios prohibidos y realizar repoblaciones prohibidas por la ley.

El ejercicio de la pesca

Para el ejercicio de la pesca se debe disponer de licencia, permiso en caso de los cotos, pases de control en escenarios deportivo-sociales y masas de agua en régimen especial y autorización del titular en aguas de carácter privado. Castilla y León es la primera comunidad en licencias expedidas con un total de 181.360, el 20 % de todas las que existen en España. Solo en lo que va de año se han expedido 25.821 permisos de pesca.

Las masas de agua se clasifican en función de las especies, trucheras o no trucheras, y por su régimen de aprovechamiento, pescables o no pescables. Por otra parte, las modalidades que existen son pesca con muerte, retención de las capturas y pesca sin muerte, en la que los ejemplares capturados son devueltos vivos al agua de procedencia.

Cabe recordar que se prohíbe el cebado de las aguas trucheras, el uso de determinados medios como explosivos, armas de fuego, sustancias venenosas, aparatos punzantes o redes y determinados cebos y señuelos. Se establecen también limitaciones de carácter biológico por períodos y días hábiles, horarios, tallas y cupos de captura.