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Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural subvenciona con 215.000 euros en ayudas a las explotaciones ganaderas con tuberculosis bovina que sufren la restricción de movimientos

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  • El objetivo es mantener la actividad económica en las zonas declaradas de especial incidencia de la enfermedad al compensar las pérdidas sufridas por la no utilización de los pastos para la alimentación animal
  • Los ganaderos podrán recibir hasta un máximo de 5.000 euros desde hoy mismo, fecha en la que entran en vigor las ayudas tras la publicación de la orden correspondiente en el Bocyl

10 de octubre de 2023

Castilla y León | Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha publicado la convocatoria de ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas afectadas por la prohibición de movimientos en las zonas declaradas de especial incidencia para la tuberculosis bovina.

Con esta subvención, de 215.134 euros -ampliables, si fuese necesario, hasta el 100 %-, los ganaderos afectados podrán recibir hasta un máximo de 5.000 euros para compensar las pérdidas derivadas de la no utilización de los pastos para alimentación animal.

En concreto, “será subvencionable el incremento del gasto en alimentación ocasionado por las restricciones de movimientos de animales como consecuencia de la declaración de una zona como de especial incidencia, al tener que alimentar el ganado en pesebre en vez de a diente en un pasto”, reza la orden publicada ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Las ayudas, que entran hoy en vigor, tendrán una cuantía máxima por animal y día de 1,98 euros, hasta un máximo de 5.000 euros por beneficiario. El número de días subvencionable se contabilizará desde el día siguiente a la publicación de la Resolución que declare la zona de especial incidencia, hasta un máximo de 200 días.

Por tanto, esta ayuda, que se incluye dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, tiene como objetivo mantener la actividad productiva en dichas zonas al compensar las pérdidas que sufren los ganaderos por la no utilización de pastos para la alimentación animal.

Los interesados en recibir estas ayudas deberán formalizar su solicitud en los correspondientes registros de los servicios territoriales, o bien de forma telemática en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León