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La Junta aprueba el Reglamento de Carreteras de Castilla y León

La Junta aprueba el Reglamento de Carreteras de Castilla y León

Consejo de Gobierno del 28 de julio de 2011

Castilla y León | Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Reglamento de Carreteras de Castilla y León, que facilita la aplicación de la Ley a las administraciones titulares: la Junta, las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos. Se trata de un manual de procedimiento que concreta aspectos relativos a las obras y otras actuaciones.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Reglamento de Carreteras de Castilla y León que fija las normas de funcionamiento y organización de la Comisión de Carreteras. Además, este manual de procedimiento regula la Información Pública previa a la aprobación de proyectos, establece los procedimientos para la tramitación y resolución de las autorizaciones de obras, el uso y actividades en la zona de influencia de las carreteras y las autorizaciones relativas a los accesos, estaciones y áreas de servicio.

El Reglamento de Carreteras de Castilla y León potencia la transparencia en materia de autorizaciones ya que establece el trámite de consulta previa" a la administración titular de la carretera, para conocer la viabilidad de una obra o actuación y obtener información y orientación sobre los requisitos jurídicos o técnicos necesarios. La contestación a dicha consulta previa tiene carácter vinculante para la Administración lo que supone una clara garantía jurídica para el administrado. Por otro lado, también regula el procedimiento para las sanciones por infracciones a la Ley y al propio Reglamento de Carreteras.

El Reglamento contiene algunas novedades y aspectos importantes: fija las normas de funcionamiento y organización de la Comisión de Carreteras de Castilla y León; determina el contenido de documentos básicos en materia de carreteras, como los Planes, Estudios Previos e Informativos, Anteproyectos y Proyectos; regula la Información Pública, previa a la Aprobación de proyectos correspondientes a autopistas, autovías, nuevas carreteras y variantes; y establece los procedimientos para la tramitación y resolución de las diferentes autorizaciones administrativas que exige la Ley para la realización de obras, uso y actividades en la zona de influencia de las carreteras.

Asimismo, este nuevo Reglamento potencia la transparencia en materia de autorizaciones, al
establecer el trámite de "consulta previa" a la Administración titular de la carretera, que tiene por objeto conocer la viabilidad de una obra o actuación, así como obtener información orientación sobre los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes imponen a las actuaciones que se pretendan realizar. La contestación a dicha consulta previa tiene carácter vinculante para la Administración, lo que supone una clara garantía jurídica para el administrado.

Según el Reglamento de Carreteras de Castilla y León aprobado, se regulan específicamente las autorizaciones relativas a los accesos a la carretera, estaciones y áreas de servicio por su especial incidencia en la seguridad vial. Para las estaciones y áreas de servicio, y previamente a su autorización definitiva, se establece la necesidad de someter el expediente a información pública. Por último, se regula el procedimiento para las sanciones por infracciones a la Ley y al propio Reglamento de Carreteras.