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Decreto para la aplicación de la etiqueta ecológica en Castilla y León

El Consejo de Gobierno ha aprobado inversiones por importe de 1.054.445,43 euros para realizar actuaciones medioambientales relativas a gestión de residuos, saneamiento, acondicionamiento de riberas y extinción de incendios forestales en colaboración con 15 entidades locales de la Comunidad.

Consejo de Gobierno del 17 de diciembre de 2009

Castilla y León | Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

La etiqueta ecológica garantiza el cumplimiento de unos criterios ambientales selectivos, transparentes, con suficiente información y base científica para que los consumidores y usuarios puedan escoger aquellos productos o servicios que lo incorporen.

Los organismos competentes en España para otorgar la etiqueta ecológica comunitaria son designados por las comunidades autónomas en cuyo territorio tengan, al menos, un centro que cuente con los medio personales y materiales con los que poder ejercer los cometidos propios de su actividad.

Las condiciones para la concesión de la etiqueta se establecen según distintas categorías, integradas por productos que sirvan para fines similares y tengan usos equivalentes, a las que se aplican unos determinados criterios ecológicos con un cierto periodo de validez.El presente Decreto designa a la dirección general de Infraestructuras Ambientales de la consejería de Medio Ambiente como órgano competente y regula el procedimiento de concesión de la etiqueta ecológica comunitaria. La solicitud de concesión de la misma para productos o servicios que tengan su origen dentro o fuera de la Unión Europea podrá presentarse por el fabricante, importador, prestador de servicios, comerciante o detallista comunitario ante la consejería de Medio Ambiente, tanto si el producto es originario de Castilla y León, como si ha sido puesto en el mercado en este ámbito, y estará sujeta al pago de un canon por los gastos de su tramitación. Recibida la solicitud, el organismo competente resolverá sobre el otorgamiento o no de la etiqueta y, en caso afirmativo, se deberá firmar un contrato con cada solicitante sobre sus condiciones de utilización y sobre el derecho a plasmar en el producto el logotipo de la etiqueta ecológica comunitaria.Además corresponde a la dirección general de Infraestructuras Ambientales, entre otras funciones, resolver los procedimientos de solicitud de la etiqueta ecológica comunitaria; controlar y vigilar la correcta aplicación del sistema de concesión; suspender su utilización o revocar su concesión cuando proceda; proponer medidas para promover el sistema comunitario europeo de etiquetado ecológico en Castilla y León, mediante campañas de sensibilización y de formación; así como, llevar a cabo actuaciones para fomentar el consumo de productos que ostenten la etiqueta ecológica comunitaria dentro de las propias instituciones, apoyando así el desarrollo del sistema.