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Más de 1,9 millones de euros para el Centro de Perfeccionamiento Técnico Deportivo Río Esgueva en Valladolid

Más de 1,9 millones de euros para el Centro de Perfeccionamiento Técnico Deportivo Río Esgueva en Valladolid

Consejo de Gobierno del 12 de mayo de 2011

Castilla y León |

El Consejo de Gobierno ha aprobado una inversión por un importe total de 1.956.997 euros para la gestión del servicio público de equipamiento deportivo de piscinas y otros espacios del Centro de Perfeccionamiento Técnico Deportivo Río Esgueva en Valladolid.


La inversión de 1.956.997 euros aprobada hoy se destinará a financiar la gestión del servicio público de este Centro de Perfeccionamiento para apoyar el deporte de alto nivel y de competición, fomentar la práctica deportiva en el medio acuático, sobre todo entre los menores en edad escolar, los jóvenes universitarios y los deportistas de alto nivel y para optimizar la utilización de las piscinas de la instalación deportiva Río Esgueva". El plazo de ejecución abarcará desde el 1 de julio de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2015.

El Centro de Perfeccionamiento Técnico Deportivo Río Esgueva cuenta con tres piscinas para la práctica de los deportes acuáticos; una de 25 metros cubierta, otra climatizada y una olímpica al aire libre de 50 metros, además de un pabellón de gimnasia rítmica, un gimnasio y diversos espacios complementarios.

El servicio público de equipamiento deportivo de piscinas y otros espacios está constituido por las actividades de mantenimiento, explotación y control de los espacios deportivos y complementarios y de los equipos para la práctica de actividades deportivas que se realicen en el medio acuático incluidas en los programas de tecnificación deportiva de los Centros de Tecnificación Deportiva de ámbito regional y actividades de deporte de alto nivel y alto rendimiento; competiciones deportivas oficiales que se desarrollen en el medio acuático integrados en los programas de deporte en edad escolar o en los programas deportivos de las Universidades que, excepcionalmente, no puedan realizarse en piscinas de los centros docentes o de las Entidades Locales; y actividades de práctica deportiva y de recreación ligadas a la promoción de la actividad física y del deporte, en particular, aquellas vinculadas al medio acuático, mediante su desarrollo en piscina.