El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana un decreto ley de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto social y económico del COVID-19. En el texto se implementan la mayoría de las líneas de ayudas a trabajadores, autónomos y compañías incluidas en el plan de choque acordado por el Consejo del Diálogo Social, así como las específicamente diseñadas para la industria cultural y el turismo. Asimismo, se establece una bonificación del 50 % sobre la cuota de alquiler de viviendas de protección pública por un periodo de hasta cuatro meses y la moratoria en el pago en los casos de compra. La norma con rango de ley tiene un impacto económico directo de 121,5 millones de euros y permitirá agilizar la concesión directa de subvenciones para atender las necesidades de empresas y ciudadanos en esta primera fase de la crisis.
Consejo de Gobierno del 16 de abril de 2020
Castilla y León |
Consejería de Economía y Hacienda
El objetivo del Ejecutivo autonómico es mitigar las consecuencias del golpe social originado por esta pandemia y apoyar al tejido productivo de la Comunidad –en particular a las pymes y a los autónomos para favorecer el relanzamiento de la economía una vez se supere la emergencia sanitaria.
Para ello, la normativa validada hoy recoge iniciativas para contribuir a generar confianza en las empresas; mantener y crear empleo y proteger a trabajadores, desempleados, familias y personas vulnerables. El impacto económico estimado de estas medidas se cifra en 121,5 millones de euros, de los que 115,9 millones serán ayudas a fondo perdido.
Conviene recordar que las iniciativas de ámbito general para las empresas y el empleo fueron consensuadas entre la Junta y los agentes económicos y sociales representados en el Consejo del Diálogo Social el pasado 25 de marzo. Su implementación ahora mediante un decreto ley obedece a su naturaleza extraordinaria y de urgente necesidad, y está amparada en el artículo 25.4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. De hecho, esta fórmula legislativa permite agilizar la asignación de subvenciones mediante concesión directa y simplificar la tramitación necesaria para ampliar los créditos presupuestarios que prestan cobertura.
El texto se estructura en seis capítulos. El primero expresa su objeto; el segundo detalla las medidas de protección y mantenimiento del empleo; el tercero recoge las específicas para los sectores de la cultura, el turismo y el deporte; el cuarto engloba las destinadas a la prevención de riesgos laborales; el quinto regula el pago de las cuotas de compra y alquiler de las viviendas de protección pública promovidas por la Junta y, por último, el capítulo sexto se centra en los mecanismos para el seguimiento de la ejecución de las distintas acciones, lo que esencialmente se hará a través de los marcos institucionales permanentes de encuentro del Diálogo Social.
Asimismo, el decreto ley contiene dos disposiciones adicionales. En la primera se regula la aplicación del control financiero permanente para garantizar que se mantienen las debidas comprobaciones internas sobre el gasto hasta que la actividad administrativa retorne a la normalidad, sin que ello implique una ralentización en el funcionamiento de los servicios y prestaciones básicos. La segunda disposición clarifica la gestión de los créditos presupuestarios necesarios para la ejecución de las medidas. Por último, se incluyen tres disposiciones finales referidas a la habilitación para el desarrollo reglamentario y ejecución, a la entrada en vigor y a la vigencia de las iniciativas previstas en la norma.
Incentivos a trabajadores y empresas
Los incentivos para la protección y el mantenimiento del empleo –recogidos en el capítulo II– persiguen amortiguar los efectos que la caída de la demanda va a generar en el tejido productivo, ayudando a las empresas a mantener su solvencia en esta situación transitoria y excepcional para evitar así que salgan del mercado laboral el menor número de personas posibles.
El texto recoge una compensación económica para los empleados afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), tanto de suspensión de contratos como de reducción de jornada, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. Este complemento, que se concretará en la posterior convocatoria, se fijará en siete euros por día natural, conforme a lo acordado en el marco del Diálogo Social.
La norma también incluye el PIE (Programa Personal de Integración y Empleo), una ayuda de 430 euros para los trabajadores que ya no perciben ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo, que también ofrecerá cobertura a las personas con cargas familiares que venían cotizado en el Régimen Especial de Empleados del Hogar a las que se les han rescindido sus contratos.
En lo referente a los apoyos a las empresas, se establece una subvención de hasta 10.000 euros por cada contrato indefinido que se realice a trabajadores despedidos durante la vigencia del estado de alarma. Esta cuantía alcanzará los 8.000 euros para compañías que incorporen a mayores de 55 años a los que les hayan rescindido el contrato o procedan de empresas que han cerrado por el COVID-19.
Las fábricas y centros productivos que tengan que reforzar sus plantillas para asumir el incremento de la producción derivado de esta crisis o para suplir a trabajadores de baja por enfermedad o en situación de excedencia o reducción de jornada podrán acceder a ayudas de entre 3.500 y 10.000 euros para formalizar contratos en prácticas, de interinidad o indefinidos. Por otra parte, los Centros Especiales de Empleo recibirán apoyo para sostener la ocupación de los trabajadores con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad, con un complemento salarial de refuerzo del 25 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Apoyos a la industria agroalimentaria y al comercio
El decreto ley aprobado hoy recoge las medidas pactadas con el Diálogo Social para apoyar a dos sectores con un peso relevante en la economía de la Comunidad, como son la agroindustria y el comercio. Así, las empresas de transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios cuyas plantillas se hayan visto afectadas por el coronavirus tendrán acceso preferente a los apoyos para inversiones productivas, siempre que se comprometan a mantener el volumen de empleo previo a la declaración del estado de alarma.
Por su parte, se establecen incentivos a las pymes comerciales que acometan inversiones de modernización y digitalización o habiliten plataformas y servicios de compra ‘on-line’, así como a los establecimientos del medio rural, que están asegurando el abastecimiento de productos de primera necesidad en los pueblos. También se articulan ayudas para respaldar al tejido asociativo del sector y sus futuras iniciativas de promoción del comercio de proximidad.
Atención a los autónomos
El apoyo a los autónomos se estructura en un paquete con cinco líneas de subvenciones, que pretende dar respuesta a las distintas situaciones en las que puede encontrarse este colectivo. Contiene ayudas para promover durante seis meses la extensión de la reducción de las cuotas de la Seguridad Social –la denominada tarifa plana–, así como para facilitar la reincorporación a la actividad de los que tuvieron que abandonarla como consecuencia del COVID-19, lo que se hará mediante el pago del 40 % de la cuota de cotización a la Seguridad Social sobre la base mínima por tres meses.
El decreto ley recoge también las subvenciones de hasta 10.000 euros que se habilitarán para ofrecer una nueva oportunidad a los trabajadores que, tras perder su empleo en esta crisis, decidan emprender por cuenta propia un nuevo proyecto; y una ayuda para proteger a los autónomos que han abandonado definitivamente su negocio y no tienen ninguna cobertura.
Junto a esto, la norma comprende los apoyos a trabajadores por cuenta propia que, sin haber cesado en su actividad, se han visto afectados por las medidas adoptadas frente al COVID-19 y necesitan una ayuda para financiar los gastos derivados de los créditos que formalicen con las entidades financieras para continuar adelante con su proyecto.
Impulso a la cultura, el patrimonio, el turismo y el deporte
El capítulo III del decreto ley contempla medidas de impulso a los sectores de los ámbitos cultural, patrimonial, turístico y deportivo. Establece subvenciones dirigidas a pymes y autónomos de las industrias culturales y creativas, y las dedicadas a la gestión y restauración del patrimonio cultural para financiar actuaciones de modernización, innovación y digitalización que les permitan adaptarse a la coyuntura actual, incluidas las medidas técnicas para el teletrabajo.
Por otro lado, plantea una línea de ayudas para las asociaciones sin ánimo de lucro, federaciones y confederaciones cuya finalidad sea la defensa de los intereses de estas actividades afectadas por la crisis del COVID-19, que tienen por objeto apoyar sus iniciativas de promoción y formación.
Finalmente se habilitan incentivos para dotar de liquidez a las empresas turísticas, industrias culturales y creativas y entidades deportivas que, por motivo de esta emergencia sanitaria, están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos en el sector. Sus destinatarios son pymes y autónomos inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León; las entidades que figuren en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León, y las industrias culturales y creativas de la Comunidad.
Prevención de riesgos y facilidades para las familias en el pago de su vivienda
El capítulo IV de la normativa hace referencia a los incentivos con los que la Junta apoyará la inversión empresarial en la protección de la salud de sus plantillas, al tiempo que se refuerzan las funciones de información y asesoramiento para la prevención de los contagios por COVID-19 en los centros de trabajo.
Para terminar, el decreto ley regula en el capítulo V dos medidas en materia de vivienda. Por un lado, declara la moratoria en el pago de las cuotas de compra de todos los contratos suscritos por la Junta y sus entidades dependientes para la enajenación de las viviendas de protección pública de promoción directa.
En segundo término, establece una rebaja del 50 % en el importe de las cuotas de alquiler para este tipo de casas, que se prolongará por un tiempo máximo de cuatro meses. La finalidad es mitigar los esfuerzos económicos que su abono puede suponer para las familias propietarias y arrendatarias.
En la ejecución de las medidas contenidas en este decreto ley participarán, junto a la Consejería de Empleo e Industria que lo ha impulsado, los departamentos de Economía y Hacienda; Fomento y Medio Ambiente; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y Cultura y Turismo. Su vigencia se prolongará hasta el próximo 31 de diciembre, salvo las referentes al área de vivienda, que están vinculadas a la duración del estado de alarma.
El decreto ley aprobado hoy por el Consejo de Gobierno entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, aunque será convalidado por las Cortes de Castilla y León.