Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Comunicación de la Junta de Castilla y León

Redes Sociales

  • X. Abre una nueva ventana
  • Facebook. Abre una nueva ventana
  • Youtube. Abre una nueva ventana
  • Comunicación
  • Consejos de Gobierno
  • Aprobado el proyecto de Decreto que modifica el Reglamento de Urbanismo sobre actividades extractivas en suelo rústico
Contenido principal. Saltar al inicio.

Aprobado el proyecto de Decreto que modifica el Reglamento de Urbanismo sobre actividades extractivas en suelo rústico

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y se adapta a la regulación legal vigente de las actividades extractivas en suelo rústico.

Consejo de Gobierno del 11 de marzo de 2021

Castilla y León | Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

La citada reforma se efectúa como consecuencia de los cambios legales introducidos al articulado de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y se concreta en dos aspectos:

El primero consiste en diferenciar los usos mineros entre energéticos y no energéticos para establecer la prohibición de la minería energética en los suelos rústicos con algún tipo de protección, con la excepción de aquellos espacios naturales donde su Plan de Ordenación de Recursos Naturales los declare autorizables.

Y el segundo regula el resto de usos mineros, esto es, los no energéticos, para hacer de ellos usos sujetos al procedimiento de autorización de uso excepcional en los suelos rústicos de protección agropecuaria, natural y cultural. Estos usos mineros comprenden las actividades extractivas de rocas y minerales industriales, la minería metálica, las rocas ornamentales, los productos de cantera y las aguas minerales y termales. Su efectiva viabilidad queda supeditada al procedimiento previsto en el Reglamento de Urbanismo para la autorización de usos excepcionales, con la particularidad de que en estos casos ha de mediar un informe favorable a la autorización por la Consejería competente en materia de agricultura, de patrimonio natural o de patrimonio cultural, respectivamente.

La reforma entrará en vigor al mes de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.