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La Junta autoriza el cambio de denominación del municipio burgalés de Santa María Rivarredonda por Santa María Ribarredonda

El cambio de denominación aprobado será efectivo una vez se anote en los registros de Entidades Locales de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma y se publique en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Consejo de Gobierno del 2 de marzo de 2023

Castilla y León | Consejería de la Presidencia

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy, a instancia del ayuntamiento de la localidad, aprobar el cambio de denominación del municipio burgalés de Santa María Rivarredonda por la denominación Santa María Ribarredonda, conforme a la competencia atribuida a la Junta en el artículo 24 de la Ley 1/1998, de 4 de junio de Régimen Local de Castilla y León.

El Ayuntamiento fundamenta esta propuesta en que el sentir general del municipio y sus vecinos es que se escribe con ‘b’; que en su escudo figura la denominación del municipio con ‘b’, y en que las diferentes formas de denominar la localidad producen confusión ante las administraciones y la población en general, tanto del propio municipio y como de fuera de éste.

Resulta acreditado en el expediente que el cambio de denominación tiene justificación histórica y que la misma no coincide ni produce confusión con otras denominaciones ya existentes.

Así, parece una práctica asentada durante el último siglo elegir el grafismo ‘b’ para referirse a la población y municipio de Santa María Rivarredonda. Existen evidencias documentales de que el topónimo que pretende modificarse en su grafía se ha escrito a lo largo de los siglos de modo indistinto con ‘v’ y con ‘b’.

El cambio de denominación aprobado será efectivo una vez se anote en los registros de Entidades Locales de la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma y se publique en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Castilla y León.