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La Junta moderniza y adapta a la nueva realidad la normativa sobre policía sanitaria mortuoria

El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo decreto que moderniza y adapta a la actualidad -el anterior era de 2005- la normativa relacionada con la denominada policía sanitaria mortuoria, con el objetivo de facilitar la ampliación y construcción de cementerios en núcleos de menos de 5.000 habitantes, así como proteger el derecho a la libertad y diversidad religiosa.

Consejo de Gobierno del 18 de diciembre de 2025

Castilla y León | Consejería de Sanidad

El nuevo decreto, que consta de 48 artículos, regulará aspectos como los siguientes:

  • Reordenar la materia relativa a la policía mortuoria para adaptarla a las disposiciones de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre de salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León.
  • Adaptar la regulación a la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria, aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 4 de julio de 2025.
  • Dar cumplimiento a la resolución de la Propuesta No de Ley PNL/867, por la que se insta a la Junta de Castilla y León a culminar el procedimiento para la aprobación de un nuevo decreto que sustituya al actualmente vigente, promoviendo que se facilite la ampliación y construcción de cementerios en núcleos de población inferior a 5.000 habitantes.
  • Contemplar la diversidad de enterramientos aceptados en las diferentes confesiones religiosas, eliminando la obligatoriedad del uso de féretro por razones de confesionalidad, respetando y protegiendo, así, las diferentes implicaciones del derecho de libertad religiosa previsto en el art. 16 de la Constitución y en la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de libertad religiosa.

Asimismo, con este Decreto se da respuesta al Acuerdo 31/2025, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban directrices de simplificación y reducción de la burocracia para los años 2025 y 2026, y en concreto en cuanto a la eliminación de la autorización sanitaria de instalación y funcionamiento de cementerios concedida por la Consejería de Sanidad, siendo sustituida por un informe sanitario previo a la resolución municipal de autorización.

Se elimina además la obligación a cargo de las empresas prestadoras de servicios funerarios de solicitar autorización al Ayuntamiento correspondiente, y su sustitución por una declaración responsable acerca del cumplimiento de requisitos sanitarios ante la autoridad sanitaria.

La aprobación de esta norma no genera ningún gasto, no siendo necesaria financiación alguna para su desarrollo e implementación, ya que la aplicación de las previsiones contenidas en ella será atendida con los medios humanos y materiales de que dispone la Administración de la Comunidad.