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Interior y Justicia deniega el traslado del Casino de Boecillo a Valladolid al no ajustarse la propuesta a la normativa actual

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La Consejería de Interior y Justicia ha denegado la solicitud presentada por el Casino de Castilla y León, el pasado 9 de marzo, para trasladar sus salas de juego de Boecillo a Valladolid ya que la normativa actual sólo permite el cambio de ubicación dentro del mismo término municipal en el que se está autorizado. Además, la normativa prohíbe estas instalaciones en municipios de más de 300.000 habitantes y no permite mantener los servicios de hostelería en sede distinta a la de las salas de juego

6 de mayo de 2011

Castilla y León | Consejería de la Presidencia

El expediente de denegación, notificado el pasado 25 de abril, se ha cerrado después del plazo dado porla Consejería de Interior y Justicia a la empresa que gestiona el casino para presentar sus alegaciones. En su resolución, la Consejería de Interior y Justicia explica que la normativa actual indica que un casino sólo puede trasladarse dentro del mismo término municipal en el que está autorizado, en este caso el municipio de Boecillo.

Por otro lado, la autorización para la instalación de un casino está limitada en la normativa a los municipios con menos de 300.000 habitantes, algo que sí se cumplió cuando el Ministerio del Interior permitió la apertura del Casino de Castilla y León en Boecillo, en 1984, pero que impide hacerlo en la capital vallisoletana.

De igual modo ocurrió con las licencias de 18 casinos que concedió el Estado en su día en otros tantos municipios, todos ellos menores de 300.000 habitantes. Ya con la competencia de la gestión del juego en la Junta de Castilla y León, se otorgaron en 2001 autorizaciones para la instalación de dos casinos de juego en León y Salamanca, en las que se cumple este requisito por ser de población inferior a ese límite.

Por otra parte, la solicitud del Casino de Castilla y León pide el traslado de las salas de juego a Valladolid, pero manteniendo en su ubicación actual del Palacio de los Condes de Gamazo la actividad de hostelería. Sobre esta cuestión, la normativa establece que los servicios complementarios que se presten deben localizarse en el mismo inmueble o conjunto arquitectónico que alberga el casino, y que la empresa titular no podrá prestar servicios de hostelería ni otros complementarios fuera de éste, ni dedicarse a otra actividad empresarial que no sea la de regentar el casino.

En este sentido, la Consejería de Interior y Justicia considera que el traslado del casino no cuenta con el necesario informe favorable del Ayuntamiento de Boecillo ya que éste pone como condición que se mantenga la actividad hostelera en el Palacio de los Condes de Gamazo, algo que no es posible si las salas de juego no se ubican allí.